Protocolo para la atención integral de casos de violencia por razones de género en la UNAM

Este artículo expone de forma resumida el Protocolo para la atención integral de casos de violencia por razones de género en la UNAM, actualizado en noviembre de 2022
El objetivo del Protocolo es dar a conocer a la comunidad universitaria información sobre las atribuciones y procedimientos de prevención, atención, investigación y sanción de casos de violencia por razones de género por parte de la Defensoría de los Derechos Universitarios, Igualdad y Atención de la Violencia de Género; de las autoridades competentes de las dependencias administrativas y entidades académicas; y de otros órganos universitarios.
Este Protocolo se aplica en casos ocurridos en instalaciones universitarias físicas, en espacios virtuales y en espacios distintos a los recintos institucionales, siempre que intervenga una persona de la comunidad universitaria y se trate de actos que vulneren la normativa universitaria.
Las autoridades universitarias facultadas para actuar en el presente protocolo son:
- Coordinación para la Igualdad de Género en la UNAM (CIGU)
- Defensoría de los Derechos Universitarios, Igualdad y Atención de la Violencia de Género (Defensoría)
- Autoridades universitarias
- Tribunal Universitario (TU)
- Oficina de la Abogacía General (OAG) a través de las oficinas jurídicas de las entidades académicas y dependencias universitarias.
- Comisión de Honor
¿Qué hacen estas autoridades?
Asesorar en materia de violencia por razones de género (Defensoría); presentar y tramitar una queja (Defensoría); realizar el procedimiento de responsabilidad Universitaria (Autoridades universitarias con asesoría de las oficinas jurídicas dependientes de la OAG); acompañamiento ante instancias externas (Defensoría y las oficinas jurídicas dependientes de la OAG); realizar el procedimiento de justicia restaurativa (Defensoría) y acciones preventivas de educación y reeducación (CIGU).
Cualquier persona puede acudir a la Defensoría para recibir orientación y apoyo por hechos de violencia por razones de género. Y en un primer contacto se hace una escucha atenta y activa de lo dicho por la persona; se le explican los procedimientos de atención de las autoridades intervinientes y se canaliza a otras áreas de la Universidad o instancias externas para brindar apoyos médico, psicológico, jurídico y de trabajo social.
Si es necesario, se canaliza a la persona dentro de la misma Defensoría para que reciba alguno de los siguientes servicios: Contención psicoemocional, apoyo psicológico breve, apoyo jurídico y acompañamiento ante otras instancias, si se le solicita.
El escrito de queja que se elabora debe llevar:
- Nombre completo, datos de contacto de la persona promovente, entidad académica, dependencia o instancia universitaria de origen.
- Datos que logren la identificación de la persona señalada.
- Relatoría lo más completa posible de los hechos: qué sucedió, cómo, dónde y cuándo (circunstancias de modo, lugar y tiempo).
- Pruebas que fortalezcan su dicho, en el caso de que existan y sean pertinentes (testimonios, documentos, fotografías, grabaciones, videos o cualquier otro, ya sea físico o electrónico).
- Firma de la persona promovente, autógrafa o electrónica.
Al presentar el escrito se abre un expediente y se asigna un número. La Defensoría remitirá la queja por correo electrónico a la instancia universitaria competente para su atención, da seguimiento al trámite y, si se le solicita, brinda acompañamiento.
Si quieres conocer las sanciones que se pueden imponer, consulta el punto 9 del Protocolo https://www.defensoria.unam.mx/web/documentos/protocolo-atencion-integral-de-violencia-por-razones-de-genero.pdf
Laura Evelia Torres Velázquez