Erradicación de la violencia de género en la Universidad

Laura Evelia Torres Velázquez

Es necesario erradicar la violencia de género, no basta reducirla, hay que eliminarla completamente. 

La violencia de género son los actos dañinos dirigidos contra una persona o un grupo de personas en razón de su género. Se origina con la desigualdad de género, el abuso de poder y la existencia de normas asimétricas. La violencia de género se puede mirar desde diferentes perspectivas: psicológica, sociológica, antropológica o desde lo jurídico, entre otras. Dependiendo desde dónde se mire hay sanciones: morales, sociales o jurídicas (porque la violencia de género es un delito). Así, cuando hablamos de violencia de género en la Universidad, debemos considerar quién comete el delito y quién es la persona ofendida, para saber el procedimiento adecuado para sancionarlo y poder así, erradicarla.

En la Universidad nos remite a una comunidad donde conviven los funcionarios, el personal académico, administrativo, el estudiantado y la comunidad que se beneficia de los servicios que se ofrecen en la institución educativa. Por tal motivo se establecen diversas relaciones jerárquicas o simétricas, laborales, de compañerismo, educativas, profesionales, de servicio, etcétera.

La comisión de un delito se denuncia ante un Ministerio Público, la Universidad solo aplica sanciones administrativas pues el jurídico de la Universidad no es Ministerio Público (su función es atender los actos y procesos jurídicos y administrativos de la Dependencia, así como asesorar y brindar apoyo en materia jurídica y normativa universitaria a su titular) y el titular de una Universidad es una autoridad académica, laboral y administrativa, no penal. Entonces, ante la comisión de un delito dentro o fuera de la Universidad se tiene que hacer la denuncia ante la autoridad competente, porque ante la violación de una norma jurídica se establece una forma de actuar o no actuar de una manera determinada y una sanción por la comisión o por la omisión de la norma establecida. Se puede seguir un proceso administrativo en la Universidad, pero no es la instancia que sanciona un delito, por lo que no puede emitir una pena o sanción penal.

En el Código Penal de cada Estado se establece la definición (o tipificación) de cada delito, incluidos los delitos contra la libertad sexual (hostigamiento y acoso sexual, abuso sexual, estupro, violación) y los delitos de violencia de género (violencia institucional, obstétrica, laboral, por parentesco, política, feminicidio). Es preciso conocer su definición porque al denunciar necesitamos acreditar el delito de acuerdo con lo que establece dicho Código, también es necesario contar con pruebas como capturas de pantalla, testigos, llamadas, mensajes, videos, grabaciones, etcétera. 

Una forma de erradicar la violencia de género en la Universidad es la Corresponsabilidad, donde cada integrante de la comunidad universitaria responda por sus actos y conductas en el cargo o labor que desempeña: los funcionarios, además de que deben informarse, han de informar, vigilar, proteger y mantener áreas seguras; por su lado, el personal administrativo ha de informarse, respetar, vigilar, cuidar y denunciar; lo mismo el personal académico: informarse, respetar, vigilar, poner límites, ser autoridad y denunciar; el estudiantado igualmente ha de informarse, poner límites, apoyarse, cuidarse, tener empatía y denunciar. Todos y todas necesitamos Informarnos, formarnos y transformarnos, en lo que hagamos es vital tener buenas prácticas de convivencia, contribuyendo al logro de una cultura de igualdad.